Comité Ejecutivo Nacional
El Comité Ejecutivo Nacional es la instancia de dirección, administración y gestión de la Federación de Trabajadores de Luz y Fuerza del Perú y funciona como el Consejo Directivo de la Asociación, conforme a las normas del Código Civil. El Comité Ejecutivo Nacional procura, por todos los medios legítimos, sindicales y estatutarios a su alcance, enrumbar a la Federación por el camino del engrandecimiento y progreso social, económico, sindical, cultural y profesional de los trabajadores.
Los miembros del Comité Ejecutivo Nacional son elegidos cada tres años, pero continuarán en el cargo solo por motivos de fuerza mayor determinado por el Consejo Ejecutivo Nacional Ordinario hasta que se designe a los nuevos directivos de éste órgano, sin necesidad de que el Congreso Nacional ratifique los actos que el Comité Ejecutivo Nacional hubiese realizado durante ese lapso de prorroga por motivos de fuerza mayor. Los miembros del Comité Ejecutivo Nacional pueden ser reelegidos.
El Comité Ejecutivo Nacional está constituido por las siguientes secretarías:
- Secretario General
- Secretario de Defensa
- Secretario de Organización
- Secretario de Derechos Humanos
- Secretario de Economía y Finanzas
- Secretario de Calificación Profesional
- Secretario de Calidad y Gestión Empresarial
- Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales
- Secretario de Prensa y Difusión
- Secretario de la Juventud
- Secretario de Actas, Archivos y Despacho
- Secretario de Seguridad Ocupacional
- Secretario de Formación y Capacitación Sindical
- Secretario de Frente Único
- Secretario de Relaciones Internacionales
- Secretario de Asistencia y Seguridad Social
- Secretaria de Integración de la Mujer
- Secretario de Técnica y Estadística
- Secretario de Recreación y Cultura
- Secretario de Cooperativas
- Secretario General Regional Norte
- Secretario de Defensa Regional Norte
- Secretario General Regional Centro
- Secretario de Defensa Regional Centro
- Secretario General Regional Sur Medio y Lima
- Secretario de Defensa Regional Sur Medio y Lima
- Secretario General Regional Sur Oeste
- Secretario de Defensa Regional Sur Oeste
- Secretario General Regional Sur
- Secretario de Defensa Regional Sur
- Secretario General Regional Sur Este
- Secretario de Defensa Regional Sur Este
- Secretario General Regional Oriente
- Secretario de Defensa Regional Oriente
- Secretario General Regional Puno
- Secretario de Defensa Regional Puno
Los miembros del Comité Ejecutivo Nacional tienen la calidad de dirigentes sindicales, en consecuencia están protegidos y amparados por el Fuero Sindical a que hace referencia el D.S. Nº 010-2003-TR Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo y sus ampliatorias y modificatorias, por los convenios colectivos sobre estabilidad laboral y/o cualquier norma que lo sustituya, así como los Convenios y Recomendaciones de la OIT y otros instrumentos internacionales ratificados por el Perú.
El Comité Ejecutivo Nacional, tiene como deber principal mantener una organización democrática, consciente, unificada y disciplinada, capaz de llevar a efecto los fines y objetivos de la Federación; son atribuciones del Comité Ejecutivo Nacional:
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Dirigir y orientar la marcha de la organización, adoptando los acuerdos y dictando las disposiciones necesarias para su buen funcionamiento.
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Presentar el Informe Memoria y el Balance General de su gestión para su aprobación por el Congreso Nacional.
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Formular y proponer al Consejo Ejecutivo Nacional los Planes de Trabajo del Comité Ejecutivo Nacional, así como ejecutar, coordinar, controlar y evaluar la aplicación de los mismos.
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Aprobar los contratos para la compra y venta de bienes inmuebles, de vehículos, de cesión de uso y usufructuó, de mutuo, de arrendamiento financiero, de crédito con o sin garantía, de otorgamiento de hipoteca y prenda, de solicitud de carta de fianza y prestación de aval, en representación de los derechos patrimoniales de la Federación de Trabajadores de Luz y Fuerza del Perú.
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Proponer al Consejo Ejecutivo Nacional y al Congreso Nacional la afiliación o exclusión de afiliados conforme al Artículo 10º del presente Estatuto.
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Supervisar la ejecución presupuestal y estimular la participación de los afiliados.
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Nombrar representantes, así como otorgar poderes y mandatos.
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Todas las demás atribuciones que señale el presente Estatuto y/o asigne la Asamblea General.
Para efectuar las reuniones del Comité Ejecutivo Nacional se requiere la asistencia de más de la mitad de sus miembros. Los acuerdos se adoptan con el voto de más de la mitad de los miembros asistentes.
FUNCIONES DEL DEL SECRETARIO GENERAL
El Secretario General es el representante legal de la Federación y el que hace las veces de Presidente del Consejo Directivo de la Asociación.
Son funciones del Secretario General:
a) Representar legalmente a la Federación ante las autoridades e instancias administrativas, judiciales y políticas, con las facultades generales y especiales del mandato, conforme a los Artículos 74º y 75º del Código Procesal Civil. Esta enumeración es simplemente enunciativa más no limitativa.
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Presidir las sesiones del Comité y del Consejo Ejecutivo Nacional.
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Convocar al Congreso Nacional conforme al Artículo 25º de los Estatutos y, asimismo, convocar, con la Secretaría de Organización, a las sesiones de Comité Ejecutivo Nacional y del Consejo Ejecutivo Nacional, sean éstas ordinarias o extraordinarias.
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Informar acerca de su labor y proporcionar al Consejo Ejecutivo Nacional los datos que le sean necesarios.
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Firmar las Actas de sesiones conjuntamente con el Secretario de Actas y Archivo.
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Vigilar el cumplimiento de la labor de todas las secretarías de la Federación.
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Intervenir en todos los casos de conflictos colectivos o individuales de trabajo, imprevistos y/o urgentes, con cargo a dar cuenta al Comité y el Consejo Ejecutivo Nacional.
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Firmar todos los documentos que se envíen a nombre de la Federación.
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Autorizar con su firma los gastos a cargo de la Federación.
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En las sesiones de Consejo y Comité Ejecutivo Nacional tendrá voto dirimente en caso de empate.
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Derivar y coordinar los casos que requieran del concurso y/o patrocinio de las asesorías.
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Presidirá los órganos de información y los organismos de investigación de la Federación.
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Para el mejor desempeño de su misión se hará acompañar por uno o más dirigentes o por los secretarios de las bases en conflicto.
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Presentar la Memoria al término de su mandato en representación del Comité Ejecutivo Nacional.
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En coordinación con el Secretario de Organización suscribir convenios y/o contratos para el mejor funcionamiento de la Federación, con cargo a dar cuenta al Comité.