EL PRESIDENTE
DE
POR
CUANTO:
El Congreso
de
ha dado
EL CONGRESO
DE
Ha dado
LEY QUE
ESTABLECE NUEVO PLAZO DE PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES DERIVADAS DE
Artículo
Único.- Del objeto de
Las acciones
por derechos derivados de la relación laboral prescriben a los 4 (cuatro) años,
contados desde el día siguiente en que se extingue el vínculo
laboral.
DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES
Primera.-
Norma derogatoria
Derógase
Segunda.- De
los efectos de la ley anterior
La
prescripción iniciada antes de la vigencia de esta Ley se rige por la ley
anterior.
Comuníquese
al señor Presidente de
En Lima, a
los siete días del mes de julio del dos mil.
MARTHA
HILDEBRANDT PÉREZ TREVIÑO
Presidenta
del Congreso de
LUIS DELGADO
APARICIO
Segundo
Vicepresidente del
Congreso de
AL SEÑOR
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE
POR
TANTO:
Mando se
publique y cumpla.
Dado en
ALBERTO
FUJIMORI FUJIMORI
Presidente
Constitucional de
ALBERTO
BUSTAMANTE BELAUNDE
Presidente
del Consejo de Ministros y
Ministro de
Justicia
PEDRO FLORES
POLO
Ministro de
Trabajo y Promoción Social